Gana la prisión preventiva oficiosa: permanece en la Constitución | Editorial

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Gana la prisión preventiva oficiosa: permanece en la Constitución | Editorial

Gana la prisión preventiva oficiosa: permanece en la Constitución

 

Uno de los asuntos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tenía pendiente, acaba de tener resolución: la prisión preventiva oficiosa se queda tal y como está actualmente, aunque fueron retirados los delitos fiscales de la lista de delitos que significan cárcel automática.

La figura de la prisión preventiva oficiosa quedará del mismo modo como podemos encontrarla el artículo 19 de la Constitución, luego de que el proyecto del ministro Luis María Aguilar que planteaba aplicarla caso por caso y no de forma automática no alcanzó los sufragios suficientes en el pleno de la SCJN.

La propuesta de Aguilar requería de ocho votos, pero no llegó a la mayoría calificada. Lo que el pleno de la Corte sí aprobó fue retirar fragmentos del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) que establecían que algunos delitos fiscales ameritarían prisión preventiva oficiosa.

El pasado septiembre, la Corte discutió una primera propuesta de esta acción de inconstitucionalidad, que entre sus principales planteamientos proponía desaparecer por completo la figura de prisión preventiva oficiosa en el país y declarar la invalidez de varias porciones del artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).

¿En qué consiste la prisión preventiva oficiosa?, se supone que cuando una persona es detenida en México no deben pasar más de 72 horas sin que te vinculen a proceso, es decir, que un juez determine que hay pruebas suficientes para iniciar un proceso en tu contra por cualquier delito que hayas cometido. 

Este escenario no dicta tu culpabilidad o inocencia, sino que existe evidencia que las autoridades pudieran seguir investigando y, dependiendo del delito, el Ministerio Público puede acudir a un recurso llamado prisión preventiva para detener al acusado por un tiempo y así una oportunidad de investigar. 

La finalidad es que el acusado no se pueda escapar antes del juicio, pero cuando agregando el término “oficioso” la cosas se complican bastante. Con algunos delitos, la prisión se vuelve obligatoria y en automático, ya ni hace falta que la solicite el Ministerio Público.

De todas las medidas aplicables a una persona detenida y señalada por un delito, la prisión preventiva es la que más daño podría provocar pues implica mantener en prisión a una persona mientras se desarrolla el proceso y que tampoco está sentenciada.

Esta figura puede atentar contra la presunción de inocencia y contra la libertad. En este país, la gran mayoría de las personas que están en la cárcel no tienen sentencia ni un juicio abierto, es decir, se abusa de esta figura.

Entre los tres delitos fiscales de la lista de delitos a los que se les aplica la prisión automática se encuentran: el contrabando, defraudación fiscal y la falsificación de comprobantes fiscales los cuales están tipificados como parte de delincuencia organizada.

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