La guía definitiva para entender la situación legal de la marihuana en México

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La guía definitiva para entender la situación legal de la marihuana en México

La guía definitiva para entender la situación legal de la marihuana en México

 

La regulación del cannabis en México se ha convertido en un juego de tenis donde la bola va y viene entre la Cámara Baja del Congreso y la Cámara Alta del Senado. Ahora resta esperar nuevamente a que los senadores modifiquen lo necesario para que antes del treinta de abril finalmente se apruebe conceder la libertad necesaria para usuarios y productores.

 

Si bien la marihuana lleva algunos años aprobada en ciertos estados del país para efectos medicinales, el miércoles de la semana pasada la Cámara de Diputados aprobó su uso de forma lúdica, es decir, ya podrás fumarte un churrito por mero gusto sin ser penalizado. 

 

Así, México está a un paso de convertirse en el tercer país de América en legislar íntegramente y a nivel federal sobre el cannabis y con miras a convertirse en el mayor mercado de la industria cannábica del mundo. Entre tanto, lo aprobado por la cámara baja la semana pasada desató tanto dudas como expectativas: ¿ya puedo sacar “el churro” y fumarlo libremente?, ¿dónde puedo conseguir marihuana de manera legal?, ¿hay algún problema si decido sembrar para mi autoconsumo?, ¿cuánto puedo llevar en cantidad para que sea considerado consumo personal?.

 

En este largo juego de tenis en que la regulación se ha convertido, queda de nueva cuenta a los Senadores recibir la bola y modificar lo necesario para que, antes del treinta de abril, tal como lo dicta la Suprema Corte, quede aprobado conceder la libertad necesaria para que usuarios y productores en este país salgan de la clandestinidad a la que fueron orillados por un marco legislativo que cada día se percibe más tedioso y ejercer una libertad que, simplemente, merecemos. 

 

No, aún no se puede sacar “el churro” en la calle, pero si lo haces no irás a la cárcel, no pasa de una falta administrativa, el consumo no está penalizado en el Código Penal Federal. Así mismo, el Senado tendrá que verse cara a cara con el concepto profundo que encierra ese derecho del libre desarrollo de la personalidad y liberar sin más enredos todas las vertientes que implican la producción y consumo de marihuana en México.

 

Esto permitirá que en un futuro cercano la industria cannábica mexicana se ponga al mismo nivel de competitividad que la del tabaco o el alcohol, tal y como lo hemos visto en países como Holanda, Canadá, Estados Unidos, Uruguay, entre otros. Por lo pronto no, aún no podemos conseguir cannabis de manera legal en dispensarios.

 

¿Qué contempla el dictamen?

 

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en lo general con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones el paquete de leyes que despenalizan el uso lúdico de la marihuana. Con lo anterior, se autoriza la posesión de hasta 28 gramos de esta yerba para el consumo personal y el cultivo de seis plantas en casa, y si en la vivienda hay más de un consumidor, podrán tener hasta ocho; esto sólo aplica para personas mayores de 18 años.

 

Este dictamen avalado es distinto al que envió en noviembre el Senado, pues los diputados le hicieron modificaciones a las tres leyes: para la Regulación de la Cannabis, a la General de Salud y al Código Penal Federal; por lo que tendrá que ser regresado al Senado. 

 

Entre los cambios que hubo al proyecto se encuentran: la eliminación de la creación del Instituto Mexicano para la Regulación del Cannabis y con ello, se pasan dichas facultades a la Comisión Nacional para el Combate Contra las Adicciones (Conadic) que depende de la Secretaría de Salud. 

 

Los usos del cannabis son: autoconsumo, producción en casa habitación para uso personal con fines lúdicos y producción por asociaciones de cannabis para consumo de asociados; producción para la comercialización y ventas con fines lúdicos; producción con fines de investigación y producción de cáñamo para fines industriales.

 

La Justificación

 

El dictamen explica que el actual sistema prohibicionista criminaliza a los consumidores y portadores, situación que desatiende la raíz del problema y no aborda el consumo problemático desde un enfoque de derechos humanos, que de entrada, está regido por ordenamientos internacionales.

 

En nuestro territorio, la prohibición ha desatado más muertes, arrestos por la lucha contra el narcotráfico que los decesos a causa del consumo problemático de las drogas, en el caso concreto del cannabis, no hay muertes ligadas a los efectos de consumir THC o algún otro cannabinoide.

 

El mercado negro ha empoderado a la delincuencia organizada y distancia a las comunidades de campesinos que subsisten de la siembra del cannabis y la amapola.

 

Esta prohibición ha privado a sectores productivos de la oportunidad de incorporarse a un sistema económico que contribuya a impulsar un desarrollo sostenible del país. No ha permitido una justa retribución tributaria ni fomentado la paz ni la seguridad.

 

Lo que está prohibido

 

Ya sea por comercio, cultivo o a través de las asociaciones, queda estrictamente prohibido el consumo por parte de menores de 18 años. De hecho, los menores de edad no podrán bajo ninguna circunstancia, trabajar en cualquier actividad relacionada con la producción, venta y consumo de cannabis. 

 

Además, como se dijo desde la discusión del Senado, queda prohibido todo acto de promoción de la producción y el consumo del cannabis en cualquiera de sus presentaciones.

 

Que se permita el consumo bajo algunas condiciones, no quiere decir que algunas situaciones de portación no sigan siendo penalizadas. Una persona podrá portar hasta 28 gramos de cannabis, pero de contar de 28 a 200 gramos (sin alguna autorización expresa) podrá ser remitida a una autoridad administrativa, como un juez cívico. Ahí podrían aplicar multas de hasta 10,600 pesos.

 

Sin embargo, si se portan más de 200 gramos de cannabis psicoactivo, entonces se persigue el delito penal.

 

En Definitiva

 

El Congreso lo aprobó, se remite al Senado (que previamente ya lo había aprobado) y solo falta que el Decreto se publique en el Diario Oficial de la Federación, pero a partir de ahí faltan muchos pasos para que se expidan los primeros permisos.

 

En un plazo máximo de tres meses, el presidente tendrá que hacer adecuaciones al Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. A partir de ahí, en un plazo máximo de tres meses AMLO tendrá que hacer las adecuaciones para que el Centro Nacional para la Prevención y el Control de las Adicciones se transforme en la Comisión Nacional contra las Adicciones.

 

Luego, nuevamente en un plazo máximo de tres meses, la nueva Conadic emitirá un programa de prevención y tratamiento al “consumo problemático del cannabis psicoactivo”, y el programa nacional de instrumentación y evaluación de la regulación del cannabis. Finalmente dos meses después de esto deberá tener listos todos los demás procedimientos, incluyendo lo que tiene que ver con lugares prohibidos para fumar cannabis. Todo esto debería ser aplicado en el primer trimestre del 2022.

 

Si bien, se trata de un gran avance, aún queda un tramo corto por recorrer, primero para que tanto el consumidor y el productor tengan mayor certeza jurídica; segundo, para que México se una a la dinámica de la industria como un fuerte exponente a nivel internacional.

 

Y bueno, yéndonos más allá, ojalá algún día se encuentre a la venta ese panqué de chocolate con quinientos cincuenta miligramos de concentrado de THC, que con solo tres mordidas lo manda a uno de viaje cuatro días. Suena bien.

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