Por Alan Castro
Desde hace mucho tiempo se ha hablado de la urgencia de una reforma al poder judicial del país, ha sido un tema que el propio presidente se ha encargado de politizar y socializar en las mañaneras. Sin embargo fue el pasado 12 de febrero cuando ya pudimos ver reflejados todos los puntos que se pretenden modificar para atender uno de los grandes talones de Aquiles del sistema político mexicano, la impartición de justicia, pronta y expedita.
En esta propuesta presentada dentro del paquete legislativo del presidente primero hay que decir que comprende cuatro ejes principales; primero una nueva integración de la Suprema Corte de Justicia, con eficiencia, austeridad y transparencia del máximo tribunal. Se reduce el número de ministros y su periodo, se eliminan dos salas, la corte sólo sesiona en pleno y en sesiones públicas, pensión vitalicia y nadie gana más que el presidente.
Como segundo eje toral de la reforma está la elección popular de ministros, magistrados y jueces, lo que garantiza legitimidad democrática de las y los impartidores de justicia. Se prevé que en 2025 se realice una elección extraordinaria para renovar a todos los Ministros, Jueces y Magistrados del Poder Judicial. Y quienes ocupen actualmente el cargo podrán participar en esta elección en igualdad de condiciones.
Las y los Ministros de la SCJN, Magistrados del Tribunal Electoral y Tribunal de Disciplina se elegirán a nivel nacional en las elecciones ordinarias a partir de 30 candidaturas paritarias propuestas por los tres Poderes. En el caso de los 1,633 Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, se elegirán en cada uno de los 32 circuitos judiciales en las elecciones ordinarias, a partir de 6 candidaturas paritarias por cargo (2 por cada Poder).
Seguido a esto, el Senado de la República verificará que las candidaturas cumplan con los requisitos de ley. El Instituto Nacional de Elecciones y Consultas (INEC) organiza la elección. Las campañas durarán 60 días. No habrá etapa de precampañas. No se permite el financiamiento público o privado. Las candidatas tendrán acceso a tiempos de radio y televisión para difundir sus propuestas y podrán participar en foros de debate.
Hay que aclarar que los partidos políticos no podrán realizar proselitismo a favor o en contra de las candidaturas. El Tribunal Electoral del Poder Judicial resolverá las impugnaciones y declarará los resultados, salvo cuando se trate de sus propios integrantes, cuya resolución corresponderá a la SCJN.
En caso de ausencia definitiva de Ministros, Magistrados o Jueces, el Senado designará por mayoría calificada a una persona interina para que ocupe el cargo hasta que se realice la siguiente elección ordinaria: Para Ministros de la SCJN y Magistrados del Tribunal de Disciplina, el Ejecutivo Federal propone la terna; Para Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito, el órgano de administración judicial propone la terna; y para Magistrados electorales, la SCJN propone la terna.
En el tercer eje de la reforma, se contempla la sustitución del Consejo de la Judicatura Federal, órganos administrativos y disciplinarios independientes. Primeramente el Tribunal de Disciplina Judicial, integrado por 5 magistrados electos a nivel nacional por un periodo de 6 años, propuestos por los Poderes de la Unión.
Este órgano podrá recibir denuncias de cualquier persona u autoridad, e investigar a Ministros, Magistrados, Jueces y personal judicial por actos contrarios a la ley, al interés público o a la administración de justicia, incluyendo hechos de corrupción, tráfico de influencias, nepotismo, complicidad o encubrimiento de presuntos delincuentes, o cuando sus resoluciones no se ajusten a los principios de objetividad, imparcialidad, independencia, profesionalismo o excelencia. Sus sanciones incluyen amonestación, multa, suspensión o destitución (excepto ministros). Asimismo, podrá dar vista al Ministerio Público en caso de delitos, o solicitar el juicio político ante el Congreso de la Unión.
Asimismo se contempla la creación del Órgano de Administración Judicial, el cual será integrado por 5 personas designadas por un periodo de 6 años por los Poderes de la Unión: el Poder Ejecutivo nombrará uno; el Senado nombrará uno; y la SCJN nombrará tres. Y será el responsable de las funciones administrativas, de carrera judicial y de control interno, así como de elaborar el presupuesto del Poder Judicial.
Y por ultimo, a mi consideración uno delos puntos mas importantes de la reforma, las nueva reglas procesales, para una justicia expedita y equilibrios entre poderes. Se establece un plazo máximo de 6 meses para la resolución de asuntos fiscales, y de 1 año para asuntos penales. En caso de rebasar estos plazos, la autoridad judicial debe informarlo al Tribunal de Disciplina Judicial, que podrá investigar y sancionar la demora.
Se prohíbe otorgar suspensiones contra leyes con efectos generales en amparos, controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad. Los Poderes Judiciales de las entidades federativas deberán establecer reglas para la elección directa de sus magistrados y jueces, así como órganos de administración y disciplina independientes. Una vez que concluyan los juicios pendientes, deberán reintegrarse al Fondo de Pensiones paras el Bienestar. Se respetan los derechos y prestaciones de los trabajadores.
Por supuesto que el que causa más polémica es la elección de jueces y ministros por voto popular al respecto puedo decir que hay falta de información, pues este proceso tiene reglas específicas y realmente, con esta reforma el presidente o presidenta se quita facultades, democratiza y legitima la designación de jueces. Si hubiera una intención de poner jueces a modo, lo más sencillo sería patear el bote y dejar las cosas como están.
Se preguntará ¿Cómo se designa actualmente a los jueces de la SCJN?, bueno pues según la reforma del 31 de diciembre de 1994, para nombrar a los Ministros de la Suprema Corte de Justicia, el Presidente de la República someterá una terna a consideración del Senado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designará al Ministro que deba cubrir la vacante.
La designación se hará por el voto de las dos terceras partes del Senado presentes, dentro del plazo de treinta días. Si no resolviera dentro de dicho plazo, ocupará el cargo de Ministro la persona que, dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República. En caso de que la Cámara de Senadores rechace la terna propuesta, el Presidente someterá una nueva, y si esta segunda terna fuera rechazada, ocupará el cargo la persona que dentro de dicha terna, designe el Presidente de la República.
Aqui hay dos aspectos que considero importante en esta reforma que viene. La difusión que se le está dando a la ciudadanía sobre estos temas y un ejemplo de ello fue el ejercicio de la encuesta que nos deja dos cosas claras. La mitad de las población no está enterada de la reforma. Y quienes sí lo están, están de acuerdo con una reforma judicial.
Otro aspecto importante es el ejercicio del parlamento abierto que planteaba la propia Claudia Sheinbaum, que garantiza dos cosas fundamentales. Que la voz de expertos y sobre todo de los funcionarios del poder judicial van a ser escuchadas y tomadas en cuenta
Y que habrá un fortalecimiento de la reforma como la conocemos, para llegar a una mejor propuesta de reforma judicial.
La justificación de una reforma judicial creo que es obvia. Según estudios de la asociación “Impunidad Cero” en México de cada 100 delitos que se cometen, solo 6.4 se denuncian. De cada 100 delitos que se denuncian, solo 14 se resuelven. La probabilidad de que un delito cometido sea resuelto es de 0.9% La organización internacional World Justice Project que con base a una serie de indicadores evalúa el Estado de Derecho en todo el mundo. Concluyó en 2023 que en Justicia Civil estamos en el lugar 131 de 142 países evaluados, y en Justicia Penal estamos en 132 de 142 países.
Es decir, el poder judicial no está dando resultados y necesitamos reformarlo, no podemos conformarnos con lo que tenemos por preocupación a que la reforma no va a servir. Ya hubo una reforma al sistema de justicia, y una modernización del mismo, esta reforma a su ley orgánica significa el segundo piso de esa transformación del poder judicial en México.
Por lo pronto esta todo listo para poner en marcha el Plan de Asambleas territoriales para la Reforma Judicial que precisamente tienen como objetivo informar ampliamente al pueblo de Sonora en asambleas territoriales organizadas por las y los legisladores federales electos de la coalición juntos seguimos haciendo historia, para socializar los objetivos, ventajas y bondades de la reforma judicial
Será la fórmula de mayoría al senado, Lorenia Valles y Heriberto Aguilar serán quienes organicen y den seguimiento a las asambleas de Sonora, donde habrá asambleas al menos una por cada distrito federal electoral, donde los diputados federales, diputados locales, presidentes municipales electos y consejeros distritales de Morena serán coorganizadores.
También habrá una comisión de seguimiento para la realización y enlaces de informes y conclusiones del resultado, integrada por los legisladores de la comisión permanente de la Cámara de Diputados. Y en cada distrito federal se dará la mayor difusión posible para que se garantice una convocatoria abierta y plural. La asistencia mínima esperada por distrito es de 1,200 participantes, estas asambleas inician este próximo el 27 de junio y concluyen el 7 de julio. Ya no hay pretexto para no conocer esta reforma y entrarle al debate.
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